lunes, agosto 24, 2026
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Seniat implementa nuevo formato y logo del RIF eliminando la fecha de vencimiento visible

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) habilitó la emisión del Registro de Información Fiscal (RIF) bajo un nuevo formato institucional y diseño de logo. La actualización del documento se alinea con las directrices gubernamentales previas que suprimieron la obligatoriedad de exhibir el RIF en las carteleras fiscales y anularon la caducidad del documento para personas naturales y jurídicas; de hecho, el nuevo diseño omite la fecha de vencimiento a simple vista, aunque al escanear su código QR integrado se despliega una vigencia técnica proyectada a más de 30 años.

Ante las interrogantes sobre la obligatoriedad de este cambio, las normativas vigentes aclaran que el RIF anterior sigue siendo completamente válido para cualquier trámite bancario o empresarial, siempre y cuando los datos declarados no hayan variado. No obstante, los especialistas recomiendan efectuar la actualización si existen modificaciones en la dirección, domicilio fiscal, estado civil, actividad económica o cambios en la junta directiva de una empresa, un trámite que para nuevos usuarios exige completar el formulario digital en el portal del Seniat y consignar los recaudos físicos en una oficina tributaria en un plazo de 30 días.

Para concretar la modificación de la dirección fiscal, el organismo tributario estableció un procedimiento mixto que varía según el tipo de contribuyente y consta de una fase digital y una fase presencial ante la oficina de la nueva jurisdicción. En el caso de las personas naturales, la fase en línea requiere ingresar al portal fiscal con usuario y clave, seleccionar el menú de Actualización de RIF en los servicios al contribuyente, y modificar los campos residenciales o comerciales en la sección de direcciones antes de guardar los cambios definitivos.

Fuente informativa: Portal web institucional y normativas del Seniat

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