El proyecto de Ley de Amnistía y Convivencia Democrática, aprobado este jueves en primera discusión por la Asamblea Nacional, incorpora una estricta cláusula de exclusión alineada con los mandatos constitucionales. La exposición de motivos del texto legal aclara que la medida no amparará delitos que vulneren los derechos fundamentales o comprometan la ética pública.
Bajo el amparo del artículo 29 de la Constitución, quedan taxativamente exceptuados de cualquier beneficio de amnistía los crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos, así como actos de tortura, desaparición forzada, violación y secuestro, garantizando que estos hechos no queden en la impunidad.
Asimismo, la normativa establece filtros rigurosos en materia de seguridad y patrimonio estatal. El beneficio no se extenderá a responsables de homicidio doloso, lesiones gravísimas, ni al tráfico de estupefacientes en mayor cuantía. En el ámbito administrativo, la ley es enfática al excluir delitos de corrupción que hayan derivado en el enriquecimiento ilícito de funcionarios o particulares, así como el desfalco de la nación. Con esta delimitación, el Parlamento busca equilibrar la voluntad de reconciliación política con la justicia efectiva, asegurando que la búsqueda de la paz nacional no vulnere la integridad de las víctimas ni la transparencia del Estado.
Fuente Informativa: Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela

