La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, en inglés), del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, emitió la Licencia General N.º 40D, que permite la entrega y descarga de gas licuado de petróleo en Venezuela hasta el 5 de septiembre, siempre que la carga se haya embarcado antes del 7 de julio de 2025.
Esta medida ocurre en el contexto de una serie de sanciones unilaterales que durante más de una década ha intentado asfixiar a la industria energética venezolana y afectar directamente al pueblo.

Esta renovación mantiene una excepción clave dentro del régimen de sanciones impuesto por las órdenes ejecutivas 13850, 13857 y 13884, que restringen las transacciones con el gobierno venezolano y Pdvsa. La licencia autoriza únicamente las transacciones «ordinariamente incidentes y necesarias» para la entrega de GLP en territorio venezolano. No permite pagos en especie con petróleo o derivados, ni operaciones con personas bloqueadas distintas a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) o entidades controladas por esta.
La OFAC aclara que esta autorización no exime a las partes involucradas del cumplimiento de otras normativas federales, como las impuestas por el Buró de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio.

