martes, mayo 19, 2026
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La Audiencia Nacional de España falla a favor de Shakira y ordena a Hacienda devolverle 60 millones de euros

La Audiencia Nacional de España dictaminó a favor de la cantante colombiana Shakira en su última causa abierta contra la Agencia Tributaria, determinando que no existió fraude fiscal y ordenando la devolución de 60 millones de euros a la artista. El fallo judicial pone fin a ocho años de litigios al confirmar que la intérprete no residía en territorio español durante el año 2011, período en el que Hacienda le exigió tributar por los ingresos de su gira mundial. El tribunal determinó que la Administración pública carece de argumentos válidos para demostrar la permanencia de la acusada por el tiempo mínimo legal requerido para generar obligaciones fiscales en el país.

La sentencia judicial específica que los días de estancia de la artista en España oscilaron entre los 143 reconocidos por su defensa y los 163 contabilizados de forma presunta por la fiscalización, cifras que se sitúan notablemente por debajo de los 183 días anuales exigidos por la legislación vigente. Asimismo, los magistrados desestimaron el argumento oficial sobre las «ausencias esporádicas» e indicaron que tampoco se acreditó que el núcleo principal o la base de las actividades económicas de la cantante radicara de forma directa o indirecta en suelo español. Por el contrario, la resolución subraya que el entramado empresarial y el desarrollo mayoritario de su profesión se localizaban fuera de las fronteras ibéricas.

Como consecuencia directa de este dictamen, el fisco español se encuentra obligado a reintegrar los 60 millones de euros que mantenía retenidos, sumando a dicho monto el pago de los intereses correspondientes y los costes legales del proceso. En una medida calificada como poco habitual para este tipo de litigios, la Audiencia Nacional condenó en costas a la Agencia Tributaria tras apreciar indicios de temeridad y falta de fundamento en su actuación administrativa. Pese al fallo favorable que generó satisfacción en el equipo legal de la barranquillera, la resolución todavía no es definitiva y la representación del Estado dispone de un plazo de 30 días para interponer un recurso de casación.

Fuente: Sentencia de la Audiencia Nacional de España 

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